Impuesto de sellos
El impuesto de sellos es un tributo provincial que grava la instrumentación de actos y contratos onerosos: compraventas, boletos, contratos de locación, cesiones. Lo recauda cada provincia y la Ciudad de Buenos Aires, y cada jurisdicción fija su propia alícuota, su base imponible y sus exenciones. Por regla general se calcula sobre el valor total del contrato y se divide en partes iguales entre las partes, salvo que se pacte otra cosa.
También se lo conoce como: sellado de contrato
Como la alícuota, los mínimos y las exenciones dependen de cada jurisdicción, no existe un porcentaje nacional: hay que consultarlo en la agencia de recaudación de la provincia donde está el inmueble o donde se firma el contrato. Varias provincias tienen exenciones o alícuotas reducidas para la vivienda única y para la locación con destino de vivienda.
En los alquileres el sellado se calcula sobre el total del contrato —la suma de todos los períodos, no un mes— y por eso sorprende: en un contrato de dos años el número es bastante mayor de lo que la gente espera.
Un contrato sin sellar sigue siendo válido entre las partes, pero complica su uso como prueba y genera multas e intereses cuando la provincia lo detecta. Es de los costos que más se subestiman al presupuestar una operación.